Traducciones juradas

Traducciones juradas oficiales realizadas por traductores nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España

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Traducciones juradas oficiales

¿Qué es una traducción jurada?

En España, solamente un traductor e intérprete jurado acreditado como tal por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEC) puede realizar traducciones juradas. Toda traducción jurada debe ir acompañada de la firma y sello oficial del traductor jurado, así como de su número de Traductor e Intérprete Jurado (Nº TIJ), lo cual certifica que la traducción a la que acompaña es fiel y exacta.

Por lo tanto, una traducción jurada es una traducción legalmente válida ante cualquier organismo tanto público como privado.

Una traducción jurada es una traducción oficial realizada por un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Las traducciones juradas se entregan en papel ya que es precisamente el sello y la firma la que les confiere carácter oficial. Estas traducciones tienen validez legal ante cualquier organismo público o privado.


¿Qué incluye una traducción jurada?

Traducción sellada y firmada

Traducción jurada

La traducción jurada se entregará con el sello y la firma del traductor jurado.

Copia del documento original

Copia del documento original

La traducción irá grapada a una copia del documento original, también con el sello del traductor jurado.

Correo electrónico

Previo borrador por correo electrónico

Enviamos la traducción por correo electrónico para verificar los datos antes de enviar la versión final de la traducción.


¿Qué es la legalización de una traducción?

En algunos casos, para presentar las traducciones ante organismos internacionales, además de la firma y sello del traductor jurado, es posible que soliciten la legalización de la traducción jurada para que la acepten en el país extranjero en el que se tiene que presentar. Esto es así porque un traductor jurado es reconocido a nivel nacional, pero su certificación puede no ser aceptada fuera de España, ya que las autoridades competentes fuera del país no saben si el traductor tiene autoridad para realizar una traducción jurada o no. Es importante tener en cuenta que si va a presentar una traducción jurada en España no es necesaria su legalización. Este trámite lo puede realizar solicitando cita previa para la legalización de documentos en el MAEC (en Madrid). Sin embargo, en Aturing ofrecemos el servicio adicional de realizar el trámite de legalización de su traducción jurada si así lo desea.


¿Qué es la Apostilla de La Haya?

Con la firma y ratificación del Convenio de La Haya de 1961, los países firmantes acordaron agilizar los trámites entre las autoridades competentes. Gracias a él, los documentos originales no requieren legalización, simplemente es suficiente con incluir la Apostilla. La función de esta Apostilla es verificar que el documento al que acompaña es válido y que tenga plena eficacia jurídica en el país de destino. La Apostilla suele aparecer adjunta al documento original, pero en ningún caso acompañará a la traducción jurada ni certificará su validez.

Traducciones juradas

Todo tipo de texto (jurídico, económico, médico y científico-técnico, entre muchos otros) puede requerir una traducción jurada en caso de tener que presentarse ante organismos públicos o privados. Estas traducciones deben ir a compañadas de la firma y sello de un traductor jurado oficial nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación

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Documentación del Registro Mercantil

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Documentación del Registro Civil

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Traducción jurídica

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